Canal Interno Información
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En cumplimiento de lo establecido en la Ley 2/2023, de 20 de febrero, reguladora de la protección de las personas que informen sobre infracciones normativas y de lucha contra la corrupción, el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha implantado un sistema interno de información.
Este sistema cumple con la finalidad de la citada Ley permitiendo que las personas físicas puedan informar sobre alguna de las acciones u omisiones a las que se refiere su artículo 2, fundamentalmente infracciones del Derecho de la UE e infracciones penales o administrativas graves o muy graves.
En los siguientes enlaces podrá acceder a información relevante sobre el sistema interno de información del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones:
- Política del Sistema Interno de Información.
- Sistema Interno de Información.
- Procedimiento para la gestión de las comunicaciones.
Para la presentación de estas informaciones, el Sistema dispone de un canal interno que permite la comunicación escrita por medio de dos vías:
- Una aplicación informática que cumple con los criterios de confidencialidad de la información y la protección de datos a la que se puede acceder a través del siguiente enlace.
- Por correo postal remitido a la dirección siguiente:
Subdirección General de Recursos Humanos e Inspección de Servicios (Ref. Canal del Informante”), Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones
Calle José Abascal, 39
28003 Madrid
También se admitirá que, a solicitud del informante, la comunicación se presente mediante una reunión presencial dentro del plazo máximo de siete días.
La Ley establece la creación de un canal externo de información y el nombramiento de una Autoridad Independiente de Protección del Informante.
Toda persona física podrá informar ante dicha Autoridad, o ante las autoridades u órganos autonómicos correspondientes, de la comisión de cualesquiera acciones u omisiones incluidas en el ámbito de aplicación de la Ley 2/2023, de 20 de febrero, ya sea directamente o previa comunicación a través del correspondiente canal interno.
La información de acceso a este canal externo se expondrá en este portal tan pronto como se conozca.