Quejas, sugerencias y felicitaciones
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Quejas , sugerencias y felicitaciones
Quejas , sugerencias y felicitaciones
Ante cualquier demora injustificada/incumplimiento de plazo injustificado, desatención o cualquier otro tipo de actuación irregular en el funcionamiento de las dependecias administrativas, la ciudadanía puede presentar una queja.
Si una persona tiene alguna sugerencia para mejorar la calidad de los servicios, incrementar el rendimiento o el ahorro del gasto público, simplificar trámites o suprimir los que sean innecesarios o cualquier otra medida, puede hacerla llegar a los organismos, autoridades o personal funcionario que tengan atribuidas las competencias en la materia.
Asismismo, puede presentar felicitaciones por el servicio prestado.
Si requiere información sobre materias propias del Ministerio acceda al siguiente enlace para formular su consulta.
Atención al ciudadano - Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (inclusion.gob.es)
Finalidad
A través de este procedimiento podrán presentarse las quejas, sugerencias y/o felicitaciones que los ciudadanos estimen convenientes sobre el funcionamiento de las Unidades del Ministerio.
Las quejas formuladas no tendrán en ningún caso la calificación de recurso administrativo ni su interposición paralizará los plazos establecidos en la normativa vigente.
La presentación de una queja no condiciona, en modo alguno, el ejercicio de las restantes acciones o derechos que, de conformidad con la normativa reguladora de cada procedimiento, puedan ejercitar los que figuren en él como interesados.
Quién lo puede presentar
Todos los ciudadanos que lo consideren oportuno, mediante cumplimentación del formulario al efecto, o a través de un escrito que exprese la queja, sugerencia o felicitación, para dejar constancia de su insatisfacción con los servicios prestados y también de las iniciativas o sugerencias que estimen convenientes para la mejora de los servicios competencia del Departamento.
Unidad responsable
La Unidad afectada por la queja o sugerencia.
Plazo de contestación
La Unidad afectada deberá informar al ciudadano en el plazo de 20 días, previas las aclaraciones que estime oportuno recabar del mismo, de las actuaciones realizadas y de las medidas, en su caso, adoptadas. Si transcurrido el plazo no se hubiera obtenido ninguna respuesta, el interesado se podrá dirigir a la Inspección General de Servicios, o a la Sectorial correspondiente (Inspecciones de Servicio del Instituto Nacional de la Seguridad Social, de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina) a fin de conocer los motivos que han originado la falta de contestación y exigir las oportunas responsabilidades.
Formas de presentación
- Presencial o por correo postal (sin certificado digital).
- Vía telemática (con certificado digital).
- Las quejas y sugerencias anónimas no serán objeto de contestación, aunque podrán ser tenidas en cuenta a efectos internos.
Presencial o por correo postal
- Cumplimentando el formulario de quejas y sugerencias que se puede descargar en esta página (para su presentación posterior de manera presencial o por correo postal), estando también disponible en los Registros Generales y auxiliares de recepción o salida de documentos y, en todo caso, en las oficinas de información y atención al ciudadano, tanto en Servicios Centrales como Periféricos del Departamento. Consulta las oficinas de registro
- Realizando un escrito firmado por el interesado, exponiendo el objeto de su queja, sugerencia o felicitación, donde se hará constar su nombre y apellidos, teléfono, domicilio, y en su caso, dirección de correo electrónico para poder remitirle su contestación, si así lo indica.
- Tanto el formulario como el escrito se pueden presentar en cualquier Registro público u oficina de atención al ciudadano.
- En el Formulario que se incluye en este apartado, una vez pulsado, se podrán obtener tantas copias en blanco como estime oportuno para su relleno posterior de forma manual o escribir los datos requeridos y seguidamente obtener el número de copias deseado (se recomienda la obtención de dos copias para que una de ellas sea sellada en la oficina de presentación).
Vía telemática
- A través de la Sede Electrónica Central del Ministerio accediendo al trámite Quejas y Sugerencias.
- Para asuntos relacionados con el Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) a la sede electrónica Sede Electrónica Seguridad Social
- Para asuntos relacionados con la Tesoreria General de la Seguridad Social (TGSS) a la sede electrónica Sede Electrónica Seguridad Social
- Para asuntos relacionados con el Instituto Social de la Marina (ISM) a la sede electrónica Sede Electrónica Seguridad Social
- Puede presentar electrónicamente la sugerencia o queja completando el formulario al que se accede desde esta página. Se le solicitará que se identifique y firme digitalmente su contenido de acuerdo con los requisitos establecidos para el acceso a la Sede Electrónica.
- Si en el formulario elige como medio de contestación el correo postal o correo electrónico, la Unidad responsable de la gestión y dar respuesta a la queja, responderá por el medio elegido.